PREGUNTAS FRECUENTES
P: ¿Tendré que hablar yo mismo con el IRS?
R: No. Una vez que firme un Power of Attorney, yo trato directamente con el IRS por usted. No tendrá que esperar en línea, explicar su situación a un desconocido ni arriesgarse a decir algo que pueda perjudicar su caso. Mi papel es ser su voz, su escudo y su defensor.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): un contratista independiente del noroeste del país llevaba un mes sin contestar las llamadas del IRS. Con el Formulario 2848 en el sistema, el IRS dirigió sus llamadas y cartas a mí, y él no tuvo que atender otra llamada.
P: ¿Seguiré recibiendo cartas del IRS?
R: Al inicio, puede que todavía reciba algunas cartas automáticas que ya estaban en el sistema antes de que yo tomara su caso. Después de eso, toda nueva correspondencia llega a mí. Así tendrá la tranquilidad de no abrir ni responder nada sin mi revisión y guía.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): una jubilada del Medio Oeste llegó con un año de correo del IRS sin abrir. Después de presentar el poder de representación, la correspondencia nueva empezó a llegarme a mí primero, y las cartas viejas las leímos juntos, una por una.
P: ¿Puede el IRS quedarse con todo mi cheque de pago?
R: Pueden quitar una gran parte — muchas veces dejándole solo lo suficiente para lo más básico. En algunos casos, los clientes terminan con menos de $500 por cheque. Por eso el tiempo es crítico. Con la representación adecuada, gestiono la liberación o reducción del embargo con rapidez; el IRS puede actuar en cuestión de días una vez aprobada la liberación.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): un supervisor de almacén en el sureste veía irse la mayor parte de cada cheque en un embargo. En esa misma semana se emitió la liberación y quedó acordado un plan de pagos. El tiempo depende de la unidad del IRS que lleve el caso.
P: ¿Qué tan rápido puede detener las cobranzas del IRS?
R: Depende del tipo de acción. Los embargos de salario y de cuentas bancarias suelen liberarse en pocos días hábiles una vez presentada la solicitud y la documentación; la clave es actuar antes de que el IRS procese la próxima cobranza. Cada día cuenta.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): la dueña de un restaurante en las Montañas Rocosas llamó dos días antes de que un embargo bancario se hiciera efectivo. Reunimos la documentación de dificultad económica esa noche y el embargo se liberó antes de que los fondos salieran de la cuenta. No siempre se resuelve tan rápido.
P: ¿El IRS desaparecerá si lo ignoro?
R: No. Ignorar avisos del IRS es la forma más rápida de agravar el problema. Los intereses y multas crecen a diario, y cuando el IRS empieza la ejecución, es mucho más difícil revertirla. Cuanto antes actúe, más opciones tendremos.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): un administrador de propiedades en Nueva Inglaterra ignoró los avisos por más de un año. Cuando llamó, ya había un gravamen registrado, una cuenta embargada y un embargo de salario. Se resolvió — en meses, no en semanas.
P: ¿Necesito ir a su oficina?
R: No. Trabajo virtualmente con clientes en los 50 estados. Uso portales seguros, email y llamadas telefónicas para manejar todo — sin viajes, sin pedir tiempo libre en el trabajo.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): una trabajadora de hospital en el norte del Medio Oeste no podía viajar a reuniones. Su saldo de cinco cifras se resolvió completamente por portal, correo electrónico y teléfono, sin perder un turno.
P: ¿Cómo sé si califico para un Offer in Compromise?
R: El IRS revisa su ingreso, gastos, bienes y capacidad de pago. Si su situación financiera demuestra que no puede pagar el total, puede calificar. Yo analizo sus números en detalle antes de aplicar, para no perder tiempo ni dinero con un caso sin esperanza.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): un consultor del Atlántico Medio debía un saldo de seis cifras bajas. Tras un análisis detallado de ingresos, gastos y bienes, el IRS aceptó un Offer in Compromise por una fracción del saldo. La mayoría de los contribuyentes no califica; los números deciden.
P: ¿Puede eliminar multas del IRS?
R: Sí, en muchos casos. A través de penalty abatement, puedo pedir que el IRS elimine ciertas multas, especialmente si tiene una razón válida como enfermedad, pérdida de trabajo o desastre natural. Esto puede reducir dramáticamente lo que debe.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): una maestra en el suroeste había dejado pasar dos temporadas de declaración mientras cuidaba a un padre. Una solicitud por causa razonable eliminó las multas por no presentar; el impuesto seguía debiéndose.
P: ¿Es demasiado tarde si el IRS ya tomó dinero de mi cuenta?
R: No necesariamente. Incluso después de un levy, a veces puedo recuperar fondos — especialmente si el IRS actuó sin notificación adecuada o si se demuestra dificultad económica. Y hay medidas que podemos tomar para reducir la probabilidad de que vuelva a pasar.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): un contratista de las Grandes Llanuras perdió una suma de cinco cifras en un embargo que se ejecutó después de que un aviso llegara a una dirección antigua. Parte de los fondos se devolvió al demostrar dificultad económica y la cobranza se pausó mientras se acordaba un plan. La devolución de fondos embargados es la excepción, no la regla.
P: Debo al IRS pero no puedo pagar ahora. ¿Todavía puede ayudarme?
R: Absolutamente. En casos de dificultad económica, puedo negociar el estatus de Currently Not Collectible, que detiene las cobranzas hasta que su situación mejore. Eso le da un respiro sin miedo a levies o garnishments.
Ejemplo (ejemplo ilustrativo): una madre soltera en el noroeste, sin empleo, debía un saldo de cinco cifras. Se le concedió el estatus de Currently Not Collectible y la ejecución se detuvo hasta que recuperó ingresos. El estatus se revisa periódicamente y los intereses siguen acumulándose.